DIPUTACIÓN PERMANENTE CONSOLIDA REFORMAS CONSTITUCIONALES SOBRE EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ Y FACULTADES DEL CONGRESO
El objeto de la reforma consiste en establecer que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud física y emocional, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, con especial énfasis en quienes viven en condiciones de pobreza y marginación, para quedar como sigue:
Artículo 4°.-
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud física y emocional, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
La segunda declaratoria establece como parte de la Constitución la reforma al artículo 27 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, presentada por el diputado José Trinidad Romo Marín y aprobada mediante el Decreto número 340, en la misma sesión celebrada el 27 de noviembre de 2025, en materia de facultades del Congreso.
El objeto de la iniciativa consiste en establecer como facultad del Congreso del Estado de Aguascalientes, expedir las leyes que regulen las relaciones entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de los Órganos Constitucionales Autónomos con sus trabajadores, además de legislar en materia de responsabilidades administrativas de las y los servidores públicos.
Una vez agotados los asuntos del orden del día, el presidente de la Mesa Directiva clausuró los trabajos y citó a las y los integrantes de la Diputación Permanente para el próximo 27 de enero, a las 10:00 horas, en el Salón Aquiles Elorduy García.
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