• El Observatorio de Violencia Social y de Género en Aguascalientes exhorta al Congreso del Estado a tipificar el feminicidio de acuerdo a los estándares internacionales
• De no hacerlo, será necesario solicitar una declaratoria de alerta de género por agravio comparado
• De no hacerlo, será necesario solicitar una declaratoria de alerta de género por agravio comparado
El Observatorio de Violencia Social y de Género de Aguascalientes ha documentado la situación grave que guarda la violencia contra las mujeres en la entidad, debido a los altos índices de impunidad y la falta de acceso a la justicia. Por lo cual nos hemos sumado a la demanda social que solicita se tipifique como delito autónomo el feminicidio, somos conscientes de que esta tipificación debe de realizarse con características especiales, reales de la violencia, que garanticen una adecuada investigación del delito.
Este llamado se hizo internacional a partir de las recomendaciones internacionales de mecanismos de derechos humanos quienes exhortaban al Estado mexicano a tipificar el delito de feminicidio. En 2012 el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) recomendó al estado: “Adoptar las medidas necesarias para garantizar que la codificación del feminicidio se base en elementos objetivos que permitan su adecuada calificación en los códigos penales locales; acelerar su codificación en esos códigos penales pendientes; normalizar los protocolos de investigación policial para el feminicidio en todo el país; e informar sin demora a las familias de las víctimas”.
A diferencia del homicidio que es un delito de carácter simple, el feminicidio es un delito de alta lesividad, con características especiales que afecta diversos bienes jurídicos tutelados como la integridad, la dignidad, el acceso a la justicia, entre otros. De acuerdo a la experiencia en la acreditación del delito de feminicidio en países como Guatemala, Costa Rica y Chile donde se invisibilizaba la problemática del feminicidio a partir de la misma acreditación del delito, se consideró fundamental que el delito de feminicidio en México debe realizarse de conformidad con los estándares internacionales, incluyendo la configuración del tipo penal, como un delito grave, sobre la base de elementos objetivos, para que pueda ser realmente una herramienta útil que ponga fin a la violencia contra mujeres y niñas en el estado.
Es por ello que la organización que suscribe, exhorta a las y los legisladores además de aprobar la iniciativa de reformas al Código Penal que establece el feminicidio como tipo penal autónomo, aportando elementos objetivos de accesible acreditación, se establezca la obligación de contar con protocolos de investigación especializados; de no hacerlo el Congreso local incurriría en violencia institucional, al obstaculizar y entorpecer el acceso a la justicia para las mujeres a una vida libre de violencia y feminicidio.
Lo anterior es importante dada la situación de impunidad en la que se encuentran los asesinatos contra mujeres en Aguascalientes, donde la entonces Procuraduría General de Justicia, reconoció que del 2012 al 2013 se cometieron 75 asesinatos de mujeres, de los cuales sólo resolvió el 28%, además de no reconocer los casos como feminicidios, manifestó que en su mayoría son asesinatos “pasionales”, que las mujeres estaban relacionadas con el narcotráfico o eran trabajadoras sexuales.
De igual forma es importante mencionar que en la tipificación actual del Código Penal para el Estado de Aguascalienes, es similar a la de Chihuahua que en poco ha aportado en la erradicación de esta grave problemática y aun con una sentencia de carácter internacional se siguen generando graves violaciones a los derechos humanos de las mujeres. Incluso en mayo del presente año, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó por mayoría, declarar como constitucional “establecer como agravante el homicidio doloso, cuando este sea cometido en contra de una mujer”, esta resolución fue debido a que los ministros coincidieron en que “el feminicidio debe de tipificarse como un delito vinculado a la violencia de género y no como una simple agravante del homicidio”.
En caso de que en el Congreso del Estado persista en la negativa de aprobar dicha iniciativa, con base en el interés legítimo que tenemos las organizaciones de la sociedad civil para proteger el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, ejerceremos el derecho a solicitar una declaratoria de alerta por violencia de género, en su modalidad de agravio comparado; debido a las distinciones y restricciones que genera la actual tipificación, en detrimento de los derechos de las mujeres, sobre todo, el acceso a la justicia, el derecho a la verdad y la reparación de daño.
Por lo anterior se exhorta al Congreso local a tomar en consideración las observaciones de las y los especialistas en la materia con la finalidad de que Aguascalientes cuente con un delito de feminicidio, acorde a los estándares en la materia.
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