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Aprueba el H. Cabildo el Reglamento del Patrimonio Inmobiliario del Municipio de Jesús María.

  • En sesión extraordinaria de cabildo se aprobó por unanimidad el Reglamento del Patrimonio Inmobiliario del municipio de Jesús María, que regulará las acciones del Comité de bienes Inmuebles del municipio.
  • Con estas acciones se dará la oportunidad de ingresar recursos al municipio los cuales serán altamente retribuidos a la ciudadanía a través de acciones de obra pública y servicios públicos

            En sesión extraordinaria de cabildo el cuerpo colegiado avaló por unanimidad el Reglamento del Patrimonio Inmobiliario del Municipio de Jesús María, el cual regirá las acciones emprendidas por el Comité de Bienes Inmuebles del Municipio de Jesús María, el cual estará conformado por las Secretarías de Finanzas, Administración, Desarrollo Urbano y la Sindicatura Municipal.

                Acorde a la autonomía que goza el municipio para administrar y normar dentro de su territorio de acuerdo a sus competencias, sin perjuicio de los ordenamientos superiores y en estricto apego al respeto y armonía con los demás poderes y órdenes de gobierno, surge la necesidad de contar con los instrumentos normativos que tengan como objeto esencial, el regular y transparentar los procesos de enajenación de bienes inmuebles que hayan dejado de ser considerados aptos para el servicio público, previa declaratoria de desincorporación correspondiente.


            Las disposiciones de este Reglamento son de orden e interés público y de observancia general en todo el Municipio de Jesús María y tienen por objeto regular los actos jurídicos relativos al patrimonio inmobiliario municipal, tales como la asignación, donación, permuta, compraventa, arrendamiento, comodato o cualquier otro traslativo de dominio o posesión, así como reivindicatorio, además de que tiene como finalidad el lograr un adecuado control y aprovechamiento de estos recursos.

            Para dar mayor certeza y transparencia, se determinó que la aprobación de la enajenación de un bien inmueble deberá pasar por diversos filtros los cuales incluyen la selección del inmueble por parte del Comité, posterior a la revisión y valoración por parte de un perito certificado, donde una vez obtenido el dictamen, la propuesta de enajenación será enviada a su debida aprobación en Sesión de Cabildo.

            La venta de bienes inmuebles que conforman el patrimonio inmobiliario municipal se efectuará en subasta pública de conformidad con el procedimiento establecido para los remates judiciales en el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes.

            La convocatoria para los interesados en participar en la subasta se realizará a través del en el periódico oficial del estado.

            Se enfatizó que con esta medida se da la oportunidad de ingresar recursos al municipio, los cuales serán altamente retribuidos a la ciudadanía a través de acciones de obra pública y servicios públicos tan necesarios e indispensables para el desarrollo del municipio.

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