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Hasta 9 Años de Cárcel a Funcionarios Públicos que Pongan en Riesgo Integridad o Causen Daños a Periodistas.

  • Esta iniciativa fue presentada por el entonces senador Carlos Lozano de la Torre el 13 de Enero de 2010

            El pleno del Senado de la República aprobó ayer sancionar con hasta 9 años de prisión, hasta cuatrocientos días multa y destitución e inhabilitación de dos a nueve años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión al servicio del Estado, al funcionario público que perjudique, ponga en riesgo o cause daños a periodistas y defensores de los derechos humanos.

            La senadora por Aguascalientes, Norma Esparza Herrera, quien dio el voto a favor de esta legislación, explicó que la denominada Ley para la Protección de Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos fue presentada a la Cámara Alta del Congreso de la Unión el 13 de enero de 2010 por el entonces Senador Carlos Lozano de la Torre, toda vez que en los últimos años México se ha convertido en uno de los países en donde se dificulta más el ejercicio del periodismo.

            La senadora Esparza Herrera explicó que en la legislación aprobada este martes se entiende por agresión a periodistas todo aquel daño a la integridad física o psicológica, amenaza, hostigamiento o intimidación que por el ejercicio de su actividad sufran las personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole cuyo trabajo consiste en recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información, a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen.

            De igual manera, esta legislación protege a las personas físicas que actúen, individualmente o como integrantes de un grupo, organización o movimiento social, así como personas morales, grupos, organizaciones o movimientos sociales cuya finalidad sea la promoción o defensa de los derechos humanos.

            El cuerpo del dictamen ayer aprobado considera que comete el delito de daño a periodistas, el servidor público que de forma dolosa altere o manipule los procedimientos del mecanismo de protección a periodistas para perjudicar, poner en riesgo o causar daño éstos.

            A quien se le condene por este delito, se le serán impuestos de dos a nueve años de prisión, y de setenta hasta cuatrocientos días multa y destitución e inhabilitación de dos a nueve años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

            Tanto la Federación como las Entidades Federativas en el ámbito de sus respectivas competencias deberán desarrollar e implementar medidas de prevención; así como, recopilar y analizar toda la información que sirva para evitar agresiones potenciales a periodistas y defensores de derechos humanos y podrán celebrar Convenios de Cooperación para hacer efectivas las medidas previstas para garantizar su vida, integridad, libertad y seguridad.

            De igual manea, explicó la senadora Norma Esparza Herrera, se contempla la creación de un Fondo para la Protección de Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos, cuyos recursos, de origen federal, se destinarán exclusivamente para la implementación y operación de las Medidas Preventivas, Medidas de Protección y Medidas Urgentes de Protección.

            También se creará el mecanismo de protección para periodistas y personas defensoras de derechos humanos, para que el Estado atienda su responsabilidad fundamental de salvaguardar, promover y garantizar los derechos humanos, el cual estará integrado por una Junta de Gobierno, un Consejo Consultivo y una Coordinación Ejecutiva Nacional, el cual será operado por la Secretaría de Gobernación.

            Esta legislación, aprobada este martes por la mayoría del Senado de la República, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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