- Así se llamaba en 1954 el partido creado por veteranos del PRI que no encontraba acomodo en su partido. 👉 Wikipedia
- La Sala Regional Monterrey, resolvió sobre el trámite de registro de la organización política “Partido Auténtico de la Revolución Mexicana”(PARM) para constituirse como partido político local.

El
Pleno consideró correctos los razonamientos del Tribunal Estatal
Electoral en los que determinó que conforme a la ley electoral local
vigente
en dos mil seis, el trámite de la organización política había concluido
sin éxito, ya que la actora al abandonarlo por más de diez años
extinguió su derecho a continuar con él, de conformidad con el artículo
1156 del Código Civil de esa entidad, además de
señalar que si deseaba iniciar nuevamente el procedimiento para
constituirse como partido político local éste debía regirse por la ley
electoral actual.
Asimismo,
este órgano jurisdiccional, concluyó que la actora no controvirtió las
consideraciones efectuadas por el Tribunal Electoral local
en las que estimó que a pesar de que la legislación vigente en dos mil
seis no establecía un tiempo límite para llevar a cabo esas asambleas,
el hecho de haber abandonado su trámite habría provocado que éste no se
hubiera concluido, de ahí que resultara ineficaz
su agravio.
Durante
la sesión pública, este órgano de decisión resolvió 2 juicios para la
protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
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